Cómo se valoran los bienes de una herencia

Cuando una persona fallece es necesario valorar sus bienes para realizar una correcta repartición entre los herederos, así como una gestión adecuada ante Hacienda y el Ayuntamiento. El proceso de valoración es similar al que se realiza para un proceso de compraventa, por lo que es necesario determinar el valor de los bienes en función de su tipología, entre los principales tipos de bienes encontramos:

  • Activos financieros y saldos bancarios: para determinar el valor de este tipo de bienes es necesario solicitar el estado de cuenta o certificado a los bancos y entidades financieras en los que el fallecido mantenía cuentas activas.
  • Bienes inmuebles: es necesario acudir al registro de la propiedad para solicitar una Nota de Bienes, de esta forma se puede obtener una relación de los bienes inmuebles propiedad del fallecido.
  • Seguros de vida: en caso de que el fallecido contará con un seguro de vida, es necesario comprobar las coberturas que indica la póliza y comprobar quién es el beneficiario de este seguro.
  • Vehículos: si el fallecido tenía vehículos, será necesario acudir a la jefatura de tráfico para comprobar su titularidad, a esta misma instancia se deberá acudir para tramitar el cambio de titularidad de los vehículos a nombre del o los herederos.
  • Ajuar doméstico: se compone por los objetos personales propiedad del fallecido.
  • Bienes especiales: son aquellos que por su tipología y finalidad no pueden ser valorados a través de cánones normales, como por ejemplo minas, canteras, obras de arte, joyas, entre otros. Para su valoración adecuada se requiere de técnicos especializados.

Las personas interesadas en realizar una valoración de los bienes de una herencia cuentan con una serie de valores referenciales para determinados efectos, estos valores son puestos a disposición de los ciudadanos por la Administración Tributaria, con el objetivo de facilitar la valoración real de los bienes.

Por ejemplo, a la hora de determinar como se valoran los bienes inmuebles en Aragón se toma el valor que indica el la web del Gobierno de Aragón, en caso de no existir se debe tomar el valor comprobado fiscalmente. En el caso de los vehículos se valoran de acuerdo a las tablas que publica anualmente la Administración Tributaria. En caso de duda consulte a su abogado de confianza.